Presidente Funes envía con observaciones Ley de prohibición de agroquímicos a la Asamblea Legislativa

La Ley  que prohíbe 53 agroquímicos en El Salvador fue enviada hoy con observaciones a la Asamblea Legislativa por el Presidente de la República, Mauricio Funes, argumentando una colisión entre el derecho a la salud y el de la seguridad alimentaria.


“En la observación yo planteó que hay una colisión de derechos, el derecho a la salud pero también  el derecho a la seguridad alimentaria que solo se garantiza cuando se estimula la producción agroalimentaria del país”, afirmó hoy en conferencia de prensa el mandatario.

La Asamblea aprobó hace unas semanas una serie de reformas a la Ley sobre Control de Pesticidas, Fertilizantes y Productos para Uso Agropecuario bajo el argumento que éstos tienen relación con los crecientes casos de enfermedad renal crónica en el campo salvadoreño.

El Presidente Funes dijo que frente a esa colisión de derechos propone la creación de una comisión técnica que establezca la prueba científica fehaciente para poder sacar del mercado y prohibir totalmente estos once agroquímicos que aún no han sido prohibidos.

Además sugiere a la Asamblea Legislativa que se escalone  y se amplíe el periodo de sustitución de tal manara de que se puede encontrar en el mercado un sustituto que no tenga un costo mayor, que pueda ser utilizado y produzca los resultados que está produciendo el químico que va ser sustituido.

El jefe de Estado indicó que de los 53 agroquímicos prohibidos por estas reformas, son once los que realmente están circulando en el mercado y se están utilizando.

Agregó que la mayoría ya no circulan más en el mercado porque están prohibidos, unos por convenios internacionales y otros están prohibidos por acuerdos ejecutivos particularmente el Ministerio de Agricultura.

“Los diputados sostienen que esos agroquímicos ponen en riesgo la salud de la población, lo que no está debidamente demostrado”, afirmó el gobernante.

Agregó que esos once agroquímicos no han sido prohibidos por convenios internacionales porque la Organización Mundial de la Salud exige que haya prueba científica fehaciente de que un químico es tóxico para la salud.

En una de las observaciones (ver documento) señala que “dentro del artículo 3-A, incorporado por el Decreto 473, se prohíbe el uso de los plaguicidas y fertilizantes que contengan metales pesados y metaloides en su formulación”.

Agrega que esta redacción se considera “muy general y derivaría en la prohibición de fertilizantes y plaguicidas necesarios para la agricultura, atentando contra la seguridad alimentaria”.

Por eso establece la recomendación de “incorporar parámetros de control en el texto del artículo y definir claramente que  la prohibición se realizará con fundamento en la investigación científica y en técnicas de evaluación de riesgo, elaboradas por organizaciones internacionales competentes, debiendo establecerse el organismo responsable de esta investigación”, señala una de las observaciones del Ejecutivo.