Presidente Funes envía con observaciones Ley de prohibición de agroquímicos a la Asamblea Legislativa
La Ley que
prohíbe 53 agroquímicos en El Salvador fue enviada hoy con observaciones a la
Asamblea Legislativa por el Presidente de la República, Mauricio Funes, argumentando
una colisión entre el derecho a la salud y el de la seguridad alimentaria.
“En la observación yo planteó que hay una colisión de
derechos, el derecho a la salud pero también el derecho a la
seguridad alimentaria que solo se garantiza cuando se estimula la producción
agroalimentaria del país”, afirmó hoy en conferencia de prensa el mandatario.
La Asamblea aprobó hace unas semanas una serie de
reformas a la Ley sobre Control de Pesticidas, Fertilizantes y Productos para
Uso Agropecuario bajo el argumento que éstos tienen relación con los crecientes
casos de enfermedad renal crónica en el campo salvadoreño.
El Presidente Funes dijo que frente a esa colisión de
derechos propone la creación de una comisión técnica que establezca la prueba científica
fehaciente para poder sacar del mercado y prohibir totalmente estos once
agroquímicos que aún no han sido prohibidos.
Además sugiere a la Asamblea Legislativa que se
escalone y se amplíe el periodo de
sustitución de tal manara de que se puede encontrar en el mercado un sustituto
que no tenga un costo mayor, que pueda ser utilizado y produzca los resultados
que está produciendo el químico que va ser sustituido.
El jefe de Estado indicó que de los 53 agroquímicos prohibidos
por estas reformas, son once los que realmente están circulando en el mercado y
se están utilizando.
Agregó que la mayoría ya no circulan más en el mercado
porque están prohibidos, unos por convenios internacionales y otros están
prohibidos por acuerdos ejecutivos particularmente el Ministerio de Agricultura.
“Los diputados sostienen que esos agroquímicos ponen
en riesgo la salud de la población, lo que no está debidamente demostrado”,
afirmó el gobernante.
Agregó que esos once agroquímicos no han sido
prohibidos por convenios internacionales porque la Organización Mundial de la
Salud exige que haya prueba científica fehaciente de que un químico es tóxico
para la salud.
En una de las observaciones (ver documento) señala que “dentro del artículo 3-A, incorporado por
el Decreto 473, se prohíbe el uso de los plaguicidas y fertilizantes que contengan
metales pesados y metaloides en su formulación”.
Agrega que esta redacción se considera “muy general y
derivaría en la prohibición de fertilizantes y plaguicidas necesarios para la
agricultura, atentando contra la seguridad alimentaria”.
Por eso establece la recomendación de “incorporar
parámetros de control en el texto del artículo y definir claramente que
la prohibición se realizará con fundamento en la investigación científica
y en técnicas de evaluación de riesgo, elaboradas por organizaciones
internacionales competentes, debiendo establecerse el organismo responsable de
esta investigación”, señala una de las observaciones del Ejecutivo.